¿Qué es un Depósito a Plazo Fijo?
Es una cuenta con la que obtienes una mejor rentabilidad por tu dinero al comprometerte a mantenerlo depositado por un período de tiempo determinado.
¿Cómo obtengo mayores intereses para mi dinero en mi cuenta de depósito a plazo fijo?
Tú decides, a mayor plazo de depósito, obtienes una mayor tasa de interés para tu dinero. Puedes escoger los plazos regulares, desde 31 días hasta 990 días.
¿Cuáles son las ventajas de mi ahorro a plazo fijo?
- Te ofrecemos las mejores tasas de interés a plazo fijo
- Puedes aperturar tu cuenta de ahorros a plazo fijo en la moneda que prefieras; soles, dólares y hasta euros.
- Costo cero mantenimiento, no te cobramos comisiones para que disfrutes más de la rentabilidad de tu dinero.
¿Existe un monto mínimo para aperturar mi depósito a plazo?
Sí, el monto mínimo de apertura para la cuenta es de S/ 2,000 o US$ 1,000 o EUR 1,000.
¿Puedo retirar mis intereses antes del vencimiento de mi depósito a plazo?
Sí, puedes retirar los intereses que diariamente vaya acumulando tu cuenta. El retiro mínimo es de US$ 10 o EUR 10 o S/ 30.
¿Puedo cancelar mi cuenta antes del vencimiento del plazo?
Sí, puedes retirar cuando quieras y al instante antes de su vencimiento, y te devolvemos tu capital más intereses calculados con la menor tasa de interés según tarifario vigente entre las cuentas de ahorro de Interbank persona natural.
¿Qué sucede con mi depósito a plazo fijo cuando llega la fecha de vencimiento?
Tu depósito se renueva automáticamente a la tasa vigente establecida en el tarifario al momento de la renovación.
¿Qué es la TREA?
La TREA es la Tasa de Rendimiento Efectiva Anual y te permite saber cuánto ganarás efectivamente por el dinero que deposites al vencimiento del plazo, considerando todos los cargos por comisiones y gastos, bajo el supuesto de cumplimiento de todas las condiciones pactadas.
¿Este producto está cubierto por el Fondo de Seguro de Depósitos?
Sí, está cubierto por el Fondo de Seguro de Depósitos el cual varía trimestralmente. El monto de cobertura actual lo podemos visualizar en www.fsd.org.pe.
¿Cuál es el procedimiento de cancelación de la cuenta?
El cliente deberá acercarse a la red de Tiendas a nivel nacional con su DNI y tarjeta de débito y solicitar la cancelación de la cuenta o podrá presentar una carta de instrucción dirigida al banco, indicando lo siguiente:
- Nombre del cliente.
- Tipo y número de documento de identidad.
- Moneda y número de cuenta.
- Motivo de cierre de la cuenta.
- Si hay saldo a favor: Indique la forma de pago al cliente.
- Si hay saldo deudor: Indique la forma de cobro al cliente.
- Nombre de la persona autorizada por el cliente a realizar la operación.
- Firma(s) del titular(es).
¿Cuál es el procedimiento aplicable en el caso de fallecimiento del titular de la cuenta?
Las cancelaciones de cuentas de fallecidos serán atendidas, en Lima, por el Módulo de Poderes ubicado en la Torre Interbank. En provincias, serán atendidad por los asesores legales externos asignados. Los herederos deben traer la declaratoria de herederos emitida por el juez para que se haga la entrega del dinero.
- Carta dirigida al Banco con firmas legalizadas de todos los herederos, solicitando expresamente: la cancelación de las cuentas del titular fallecido autorizando su distribución conforme al Código Civil y liberando de responsabilidad y renunciando a iniciar acciones administrativas, civiles y penales contra el Banco por esta repartición. Indicar el número de teléfono y/o dirección.
- En el caso de que exista heredero menor de edad: deberán presentar copia certificada emitida por el poder judicial de la resolución de división y partición y la resolución que la declare consentida. Copia certificada emitida por el Poder Judicial de la resolución judicial que autoriza a disponer los fondos del menor, y de la resolución que la declare consentida, para los casos que se requiera disponer de los fondos que le corresponda al menor.
- Original del Acta de defunción.
- Fotocopia legalizada del acta de protocolización notarial de Declaratoria de Herederos si es Sucesión Intestada, o copia legalizada de la Escritura Pública si es testamento, o copia certificada de la sentencia y la resolución que la declara consentida si fuese en la vía judicial.
- Copia Literal original completa de la partida registral de la declaratoria de herederos, con una antigüedad no mayor a 15 días de emitida por la SUNARP.
- Copia certificada de la sentencia judicial o copia legalizada de la escritura pública de la División y Partición.
- Copia Literal original de la separación de patrimonios con no más de 15 días de emitida por la SUNARP si la hubiese.
- Fotocopia de los documentos de identidad (DNI o carnet de extranjería) de los solicitantes y en caso ser alguno menor de edad original de la partida de nacimiento o DNI si lo tuvieran.
- En el caso que el heredero declarado también se encuentre fallecido y esté representado por una sucesión, deberá presentar la copia literal original de la sucesión intestada con una antigüedad no mayor de 15 días de emitido por SUNARP.
- Si los solicitantes actúan mediante poder, deberán presentar Copia Literal original y completa de la partida registral con no más de 15 días de emitida por la SUNARP.
- Recibo de pago por comisión de estudio de títulos para cancelar cuentas del cliente fallecido por S/ 40.
¿A qué instancias puedo recurrir para presentar un reclamo?
Interbank ha implementado un Libro de Reclamaciones virtual que está a tu disposición en la Red de Tiendas Interbank en el ámbito nacional, Banca Telefónica (01) 311-9000 en Lima y al 0801-00802 en Provincias o visitando nuestra página web. También tiene la opción de dirigirse a la Plataforma de Atención al Usuario de la SBS o al Indecopi (www.sbs.gob.pe).
Ver el Glosario de Términos.